sábado, 12 de mayo de 2012

El Gobierno acorta la duración legal de los contratos de alquiler y agiliza los desahucios...


El Consejo de Ministros ha aprobado un anteproyecto de Ley por el que se modifican la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y la de Enjuiciamiento Civil para, entre otras cosas, facilitar que los propietarios de viviendas en alquiler recuperen sus inmuebles y agilizar los desahucios.

La ministra de Fomento, Ana Pastor, ha explicado que estos cambios persiguen dar más seguridad jurídica a los propietarios para que se saquen más viviendas al mercado del alquiler y así facilitar el acceso a la vivienda a jóvenes, colectivos vulnerables y familias con menores rentas.

Los principales ejes de la medida afectan directamente a los contrarios de arrendamiento: primero, se reducen a la mitad las prórrogas establecidas por ley. La que permitía a los inquilinos habitar una vivienda durante cinco años, la forzosa, pasa a tres; y la de tres años, de carácter tácito, se reduce a uno. Así, el límite legal para la duración de los contratos de arrendamiento se reduce de 8 (5+3) a 4 años (3+1).

Por otro lado, si el propietario quiere recuperar su vivienda para uso habitual, para él mismo, sus familiares en primer grado o su cónyuge tras el divorcio o nulidad matrimonial, solo tendrá que avisarlo con un mes de antelación, aunque no se haya pactado, no esté previsto en el contrato o éste no haya cumplido cinco años de duración.

Las partes sí podrán pactar un incremento de la renta de alquiler al año superior o inferior a al IPC, que establecía hasta ahora la LAU. Y se permite que el arrendatario pueda "desistir del contrato en cualquier momento", siempre que lo comunique con un mes de antelación, pudiendo preverse una indemnización para el arrendador.

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